sábado, 5 de abril de 2008

Un delito imaginario

¿Haríamos algo si supiéramos que personas inocentes están siendo encarceladas por un delito imaginario? ¿O miraríamos hacia otro lado, mientras no nos afecte? Me propongo mostrar en las siguientes líneas que el delito de posesión de pornografía infantil no es un delito real, sino imaginario. Y que el verdadero delito, lo que hace daño real y debería condenarse, es quienes abusan de los niños, o toman imágenes o vídeos de dichos abusos haciendo negocio con ello. Condenar a quienes no hacen un daño real es no solamente una injusticia, sino algo irracional. Y este es el tema en el que voy a reflexionar, sopesando los argumentos típicos, desmontando los tópicos, y tratando de expresar un poco de sentido común entre tanta superstición irracional.

Hechos incontestables:

- Los abusos son algo execrable, y cuando se trata de abusos a niños es todavía mucho más horrible.

- Todos estamos de acuerdo en que tales abusos tienen que ser impedidos y duramente castigados. En este punto no hay vuelta de hoja.

- Quienes toman fotos o hacen vídeos de tales abusos son casi tan responsables como los ejecutores de los abusos en sí, dado que viendo lo que sucede, se limitan a tomar las imágenes en lugar de impedir el delito.

- Por si fuera poco, existe el comercio con este tipo de imágenes, y quienes hacen negocio con algo así deben ser también castigados duramente, pues promueven los delitos anteriormente mencionados: al haber negocio con beneficios, eso conduce a que se realicen más delitos parecidos para venderlos igualmente.

- Quienes compran dichas imágenes también están promoviendo que continúen este tipo de actividades, por tanto también es un delito que es lógico que sea castigado, aunque aquí ya hay un matiz: ni de lejos es tan grave el que solamente compra imágenes, que quienes las realizan o que quienes realizan los abusos reales. Por lo tanto, el castigo mayor debe recaer en los abusadores reales (los que hacen el daño directo). Después de éstos, los siguientes son quienes pudiéndolo impedir, no hacen nada y se limitan a tomar imágenes. Tras estos, los siguientes en gravedad son quienes venden dichas imágenes. Luego, quienes las compran también están fortaleciendo esta cadena, por lo que deben cumplir algún castigo cuando sean capturados (un castigo fuerte pero ni de lejos tan serio como el castigo que se debe imponer al violador o abusador real). Y finalmente, están quienes han descargado por internet alguna imagen de pornografía sin pagar por ella. Este último caso es el que es objeto de reflexión en este artículo.

Una vez enumerados los puntos esenciales, vamos al meollo del asunto. Dije que la mera posesión de pornografía infantil, a secas, sin pagar por ella, es un delito imaginario. ¿Por qué afirmo algo así? Para empezar, debemos tener claro que para que un delito exista, debe haber algún tipo de daño, algún perjudicado debido a dicho delito. ¿Hace algún daño quien simplemente ha hecho algunos clicks en su PC? ¿O más bien le hacemos pagar por los daños que han cometido otros individuos? Vamos a analizar esto más detenidamente:

Naturalmente que hay casos en los que se puede hacer daño a distancia, "a través de unos simples clicks en un PC", tenemos el ejemplo de los estafadores a través de internet, o de quienes atacan con virus informáticos. Pero en el caso del que hablamos, el de la pornografía infantil no pagada, ¿se hace algún tipo de daño debido a la mera contemplación de tales imágenes? La respuesta es un rotundo no, pues no hay una conexión causal entre la contemplación de tales imágenes y el daño a ningún niño; pero vamos a sopesar algunos de los argumentos que he visto en comentarios de lectores en webs informativas o en foros, tratando de sacar algo en claro ante cada justificación de esta irracional culpabilización:

Justificaciones:

"No podemos ser débiles ante casos así, debemos ser muy duros y castigarles severamente para proteger a los niños"-> ¿Y por qué castigar "severamente" a quien no ha dañado a ningún niño? ¿Por qué no centrar nuestros esfuerzos en capturar a los auténticos responsables? Es más difícil, sí, pero también es más difícil atrapar a los narcos que a los drogadictos, y no por ello nos conformamos con castigar duramente a los drogadictos por los delitos cometidos por los narcotraficantes. Además, no se protege a los niños culpabilizando a los inocentes, sino encontrando y encarcelando a los culpables, a quienes sí abusan de los menores de edad.

"El que la hace la paga, y bien duro, y si no, que no la haga"-> Con esto estoy de acuerdo pero debe aplicarse a los culpables, y no a los que no han abusado de ningún niño. Repito: no hay conexión causal entre quien contempla imágenes en su PC y los niños abusados.

"Visionar este tipo de imágenes fomenta el que se siga abusando de menores para distribuir sus imágenes"-> Esto es falso en los casos que estamos hablando (cuando no se paga por las imágenes). Diferente es el caso de quienes pagan por imágenes así, pues al dar dinero por ellas sí se fomenta este tipo de mercado, haciéndoles posible el negocio a quienes se lucran con este tipo de atrocidades. Pero si no se paga nada, no hay incentivo práctico para que hagan negocio con ello, con lo cual quien simplemente contempla las imágenes no tiene responsabilidad en abusos a menores. La responsabilidad de los abusos, obvio es decirlo, es de quienes abusan. No se arregla nada haciendo pagar a quienes no han abusado de nadie, por los delitos de quienes sí han abusado realmente. Debemos desear la detención de los abusadores reales, no de quienes no han abusado.

"Se empieza por ver pornografía infantil y se termina abusando de menores"-> Este argumento propone que castiguemos a alguien por los delitos que podría cometer en el futuro, y no por delitos reales del presente. Además, tras múltiples estudios en psicología sobre el tema, no parece estar nada claro que lo que alguien ve en imágenes acabe llevándolo a la realidad. Es un debate que durante años se ha mantenido en torno a si las películas violentas, los cómics, los videojuegos, etc, podrían conducir a que los ciudadanos se volvieran más violentos. Pero no parece ser el caso, de hecho podría suceder al contrario: que ver juegos, imágenes, películas, etc contribuyera a apaciguar ese tipo de actitudes, en lugar de aumentarlas. En cualquier caso, la gente violenta me temo que lo será independientemente de lo que vea o deje de ver, y las personas pacíficas lo seguirán siendo incluso si les gustan las imágenes virulentas o el cine de terror. En el caso de quienes ven imágenes pornográficas (sean de menores o no), eso no significa que estas personas vayan a acometer lo que vean en tales imágenes. Las noticias de televisión también nos han expuesto a todos alguna vez a contemplar imágenes atroces, incluso auténticas salvajadas (a veces camufladas bajo el rótulo de "barbaries de la guerra"), y no por eso quienes hayan visto tales imágenes se han vuelto más violentos (ni menos) de lo que ya eran. Y de todas maneras, no es razonable culpabilizar a nadie por delitos que no ha cometido. Claro, podría cometerlos en un futuro (eso es indemostrable en un sentido u otro), pero todos los humanos podríamos ser potencialmente peligrosos y no por eso vamos a encerrarnos todos en la cárcel, ¿no? Lo razonable, para ser coherentes, es castigar a quienes cometen delitos, y no a quienes pensamos que podrían llegar a cometerlos. Porque en ese caso estaríamos castigando a estas personas por nuestros pensamientos, por nuestras sospechas, por nuestras imaginaciones, y no por delitos reales. Como dije, se trata de un delito imaginario.

"Bueno, a fin de cuentas es un pederasta/pedófilo, ¡que se joda, haya abusado o no!"-> Aquí encontramos la actitud más claramente irracional de quienes no sólo confunden los términos (pedófilo y pederasta no es lo mismo, el pederasta es el abusador de menores, mientras que el pedófilo es quien siente atracción por ellos, y no necesariamente abusa de ellos; en cuanto al poseedor de pornografía infantil, no sólo no es un pederasta por ello, sino que a veces ni siquiera se trata de pedófilos -en otra sección más abajo tocaré estos matices), sino que les importa un pepino si la persona acusada es culpable o no. El razonamiento es la pura expresión del odio: si es un pedófilo (si le gustan los niños), ¡a la cárcel!, tanto si abusa de niños como si no. Esta actitud de castigar a una minoría -sin que hayan cometido delitos, sino por su orientación sexual- está más extendida de lo que parece, y se asemeja al odio que el partido nazi insufló a la población alemana contra los judíos: ¡son malos porque sí, aunque no hayan cometido delitos! Esta actitud tan irracional merece ser profundizada en el siguiente apartado.

Adónde nos conduce la irracional actitud de pedir la cabeza de inocentes en lugar de indignarnos solamente con los culpables:

Este disparate de aceptar la sustitución de los abusadores reales (auténticos criminales, en quienes deberían centrarse nuestros esfuerzos) por estas otras personas que no han abusado de nadie pero son más fáciles de capturar es una muestra de irracionalidad, poco rigor e incoherencia de pensamiento. Y en nada ayuda a los niños abusados detener a quienes no abusan de ellos.

Hay ejemplos de los absurdos que llegamos a cometer cuando concedemos más importancia a las palabras (¡pedófilo!, ¡pederasta!) que a los hechos. En el año 2000 un grupo de personas, sin duda bienintencionadas pero víctimas de esta ceguera irracional, amenazaron a un pediatra y asaltaron su domicilio por una mera cuestión de confundir términos: confundieron la palabra "pediatra" con "pederasta"... ¡A esto nos lleva cuando le damos más importancia a las palabras (prejuicios, imaginaciones) que a los hechos!

Un ejemplo menos exagerado pero más usual, es el de una noticia reciente en Canarias acerca de la primera condena en Canarias por compartir pornografía infantil a través del Emule (Canarias7.es). En este caso sí se trata (a juzgar por la sentencia) de alguien que poseía pornografía infantil, pero llama la atención que a este joven (21 años tiene ahora, tenía 19 y 20 años en el período en el que le acusan de haber cometido esos hechos) le condenen a 6 años de cárcel (¡sin haber tocado siquiera a un menor!) y en cambio, por poner un ejemplo, al asesino de Mari Luz se le había puesto una condena menor (2 años y nueve meses) por el abuso que tiempo atrás había cometido sobre su propia hija. ¡Cómo podemos ser tan horrorosamente incoherentes de condenar a 6 años a alguien que no ha abusado de ningún niño, y en cambio sólo se condena a 2 años y pico a quien ha abusado de su propia hija!

A este chico de 21 años se le ha condenado por "prostitución y corrupción de menores" (entre comillas lo copiado de la sentencia), cuando los hechos indican que no ha abusado de ningún menor, ni los conocía siquiera. Pero al descargar imágenes horribles con el programa Emule, el Emule compartió esos archivos y se le acusó por tanto de distribución de esas imágenes de pornografía infantil. Parece el sino de los internautas en situaciones así: como el programa Emule comparte mientras se baja cualquier archivo, la acusación de posesión y la de distribución vienen ambas unidas en el mismo lote.

Por terribles que puedan ser esas imágenes (y a juzgar por la lectura de la sentencia, lo son) no debemos olvidar que en algún lugar del mundo, alguien cometió en forma real y directa esos crímenes, y es a estos pederastas, abusadores reales y terribles, a los que tenemos que frenar y castigar. No critico al juez en este caso concreto, pues se limitó a cumplir la ley. Pero aquel cambio que hicimos en esta ley, cuando decidimos que la mera posesión de pornografía fuese delito, fue la semilla que produce cientos de entuertos a numerosos internautas. Aquel cambio en la ley creó un delito imaginario, por el que siguen pagando decenas y centenas de internautas, muchos de los cuales ni siquiera son pedófilos (larguísimo ejemplo en este foro), aunque la cuestión no es que sean pedófilos o no, sino que no hayan cometido daño alguno y se les condene por delitos imaginarios, producto de la histeria social de las últimas décadas.

Ambigüedades mortales:

La falta de rigor a que me refería, cuando mezclamos unos términos con otros, produce daños a inocentes y sin beneficio alguno ni para los niños ni para la sociedad. Es, pues, un daño inútil e irracional. Convendría entonces aclarar conceptos y deshacer las ambigüedades. Expondré dos cuestiones básicas: por un lado la distinción entre pedófilo, pederasta, y poseedor de pornografía infantil, y por otro lado comentar la mala idea que tuvimos al mezclar conceptos como el de "pornografía infantil" con el de "pornografía ilegal" o "pornografía de menores".

Pedófilo (=paidófilo): que siente atracción erótica o sexual hacia niños o adolescentes (según la RAE).
Pederasta: que comete abuso sexual con niños (según la RAE- Real Academia Española).
Poseedor de pornografía infantil: quien posee imágenes de este tipo; a veces quienes descargan imágenes así lo hacen por mera curiosidad, sin ser paidófilos.

No hace falta ser un Einstein para darnos cuenta de que de estos tres casos, el que comete delito es el pederasta, y es el que debería ser castigado. Las actitudes o instintos de los otros dos pueden desagradarnos más o menos, pero no podemos castigar (legalmente) a alguien mientras no cometa delitos, mientras sus acciones no perjudiquen a nadie, ¡y eso por mucho que nos desagraden sus gustos o acciones!

No es casualidad que la RAE incluya en la paidofilia la atracción hacia niños o adolescentes, y en cambio en la pederastia sólo menciona el abuso sexual hacia niños. Esto se debe a que en España la edad del consentimiento sexual es a los 13 años, de modo que cuando el adolescente (de 13 años en adelante) consiente en mantener relaciones sexuales, no existe delito alguno. En cambio con menores de 13 años es delito incluso si consienten, pues no se les considera capacitados para dar responsablemente su consentimiento y por eso la ley considera como abuso toda relación de tipo sexual entre un menor de menos de 13 años y un adulto. Es importante conocer estos matices de la ley, pues no podemos castigar (legalmente) a nadie si lo que hace no infringe ninguna ley. Puede que no nos guste el novio adulto de nuestra hija de 17 años, pero por mucho que nos desagrade, este problema debemos tratarlo con nuestra hija, y no con un juez, ya que al tener la hija más de 13 años, es legal que dé su consentimiento al novio, si lo desea, y también es legal (¡cómo no!) que los padres hablen con ella para convencerla de que sea responsable, o que entre en razón.

Vamos a abordar el otro tema que contenía ambigüedad:

Pornografía infantil: Según el artículo 189 del Código Penal, donde se trata el delito de Pornografía infantil, nos encontramos con el problema de que se mete en el mismo saco tanto la pornografía de niños como la de adolescentes de menos de 18 años. Digo que se mete en el mismo saco porque aunque las condenas son diferentes (cuando se trata de menores de 13 años eso se considera un agravante y el castigo es mayor), no obstante ambas franjas de edad están incluidas en esta misma categoría de "pornografía infantil", y son consideradas ambas como pornografía ilegal (poseerla es delito, lo que yo llamo un delito imaginario -pues no se daña a nadie-, pero hoy por hoy, con la actual ley, es delito).

Por lo tanto, el poseedor de pornografía infantil es aquel que posee imágenes de menores en actitud exhibicionista o pornográfica, siendo delito con los menores en general (menores de 18 años) y mucho más grave cuando se trata de menores de 13 años. El poseedor de tal pornografía no es un abusador por el mero hecho de poseer pornografía, y no debe confundirse con los abusadores reales. Desgraciadamente la ley castiga este delito "imaginario", en mi opinión esto es un grave agujero para un Estado de Derecho y ojalá un día se corrija este error, castigándose solamente a quienes realizan daños, o sea, a quienes cometen delitos reales. Del mismo modo que no castigamos a los drogadictos por consumir drogas (¡y eso que ellos sí que pagan por las drogas, contribuyendo de un modo causal al negocio de los narcotraficantes!), tampoco me parece correcto que criminalicemos a aquellos que consumen pornografía infantil sin cometer daño alguno.

La crucifixión de los internautas:

El problema de los delitos imaginarios es que, a medida que aumenta la histeria social, las reacciones son más exageradas. Actualmente se han llegado a requisar equipos informáticos que no contenían nada de pornografía infantil, o de desprevenidos internautas que bajaron un fake por error y tardaron en borrarlo. Se ha llegado a dar el caso de, al no haber conseguido la policía ninguna imagen de pornografía en el PC del "sospechoso", entonces apretarle las tuercas usando cualquier resquicio remotamente relacionado, como por ejemplo acusarle de poseer (y distribuir, pues en los p2p va todo a la vez) pornografía infantil cuando lo único que hay realmente es pornografía convencional con mujeres adultas. Suena a broma, parece absurdo, pero revisad este link: Una forense confunde a actrices porno adultas con niñas de 12 años, y se sigue adelante con el juicio contra un internauta. Es un caso esperpéntico, supongo que cuando llegue el día le absolverán de estas absurdas acusaciones, pero el año y pico de sufrimiento que lleva este internauta no se lo quita ya nadie, y sin haber cometido delito alguno, ¡ni siquiera el imaginario delito de poseer pornografía infantil! Hasta ahí llegan las consecuencias de esta irracional paranoia social, donde todo vale con tal de encontrar culpables ficticios, excepto hacer el esfuerzo de capturar a los culpables reales, ¡tan escurridizos y difíciles de localizar!

La irracionalidad no arregla nunca los problemas:

Arremeter irracionalmente contra los poseedores de pornografía infantil, como si fuesen ellos los culpables de los abusos cometidos contra los niños, es una actitud comprensible para quien conoce la naturaleza humana, pero que no soluciona nada.

A veces tenemos la tendencia a desear que alguien pague por los crímenes que tanto nos horrorizan, sin pararnos a pensar si nuestra actitud es racional o si estamos haciendo más daño que beneficio al mundo, acusando a inocentes por no poder apresar a los culpables. De esta tendencia nacen actitudes como la reflejada en el siguiente grito:

"¡Que este cafre sienta en la cárcel lo que sintieron esos niños abusados!" (comentario que alguien hizo en alusión al joven mencionado más arriba, el chico de Canarias condenado a 6 años de prisión por los archivos que manejó con el programa Emule) -> Mi respuesta, pretendidamente "racional", vendría a ser: ¿Y por qué debe sufrir un inocente lo que han sufrido otros inocentes? ¿No sería mejor capturar a los abusadores? ¿Nos conformamos con castigar a quienes no han abusado, como si hubiésemos capturado a los abusadores reales?

Uno de los aspectos más tristes de esta histeria social es el hecho de haber leído alguna vez en alguna noticia que se acusa también a adolescentes por este mismo motivo (por descargarse pornografía infantil). No han hecho daño a nadie (no como el caso de otros adolescentes agresores) y probablemente su natural curiosidad adolescente, sumada a la paranoia social, les crea ese tipo de situaciones: ser acusados por la misma sociedad que presume de protegerles. ¡Qué paradoja!

Conclusiones:

¿Es un delito la posesión de pornografía infantil en España? Según la ley, sí, es delito. Pero dado que si no se paga por dichas imágenes no se produce daño alguno a ningún niño (ni beneficio para los abusadores), entonces concluyo que al no haber daño el delito es "imaginario": hacemos pagar a quienes no han hecho ningún daño objetivo, por los daños cometidos por otros individuos que suelen escapar a la acción de las autoridades.

¿Es lícito que condenemos a los poseedores de pornografía infantil para escarmentar a los abusadores reales que realizan tales fotos o vídeos? No es lícito, puesto que los que escarmientan son los castigados (los inocentes sobre los que hacemos recaer nuestra rabia), mientras que a los verdaderos culpables les importa poco que haya otros que paguen por sus delitos. No se van a entregar por problemas de conciencia ni nada parecido.

¿Es racional condenar a cárcel a personas que no han producido daño alguno? Es irracional e injusto, de hecho es sorprendente que incluso personas muy inteligentes no se hayan parado a reflexionar sobre este tema, que es una importante laguna en el sistema judicial español.

¿Es exagerado comparar esta situación con la criminalización que hicieron los nazis de los judíos? Sí, es exagerado porque todo lo que se compare con los nazis es exagerado, pero en este caso no es una exageración tan descabellada. Los nazis fueron incomparablemente violentos e injustos (y no sólo con los judíos), llegando a matar sin necesidad de juicios ni de que los "ajusticiados" hubieran cometido delito alguno. Pero salvando las distancias, aunque en este caso no se llegue a tales niveles ni al extremo de matar, la base sobre la que se sustenta esta injusticia es exactamente la misma: la irracional práctica de condenar a inocentes que no han hecho ningún daño objetivo a nadie.

Si es exagerado compararlo con los nazis, ¿con qué otra situación podríamos comparar? Quizás con el mundo de las drogas y el narcotráfico, donde sí impera el sentido común y no hacemos pagar a los drogadictos por los delitos cometidos por los narcotraficantes. El drogadicto no comete delito grave alguno (cuando lo comete, por ejemplo si comete un atraco, se le juzga por el atraco, y no por ser drogadicto), aunque en el caso de los drogadictos sí hay una relación causal entre ellos y el negocio de las drogas, pues las pagan, pero teniendo en cuenta las circunstancias, no les castigamos por ello. En cambio a los poseedores de pornografía infantil que no pagan por sus descargas pornográficas, les castigamos duramente como si ellos fuesen los culpables, cuando en este caso no existe ni siquiera el nexo causal del dinero.

¿Por qué es esto algo tan irracional? Porque se castiga a estas personas sin razones, sin haber cometido daño objetivo alguno. Es algo emocional, rayando la superstición. Se asemeja a cuando en otras épocas se culpaba a los homosexuales o a los herejes de ser la causa de los terremotos, las pestes, o de despertar la ira de Dios. ¿Qué tienen en común todos estos casos? Culpar a alguien por supuestos daños que en realidad no ha cometido.


Minutos de descuento y el pitido final:

Cuando nos acostumbramos a ver como normal que se pisoteen los derechos de los ciudadanos, sucede que de repente empiezan a proliferar delitos imaginados de diversa índole, incriminando a inocentes que no han hecho daño real alguno. Por poner un par de ejemplos:

La Audiencia Nacional embarga bienes y sueldos a cinco acusados por quemar fotos del Rey

La Guardia Civil desobedeció al juez para fabricar el caso contra la clínica de abortos Isadora (de esta noticia, es recomendable leer también -con sus respectivos links- los comentarios 2 y 4 de este hilo de menéame).

Y como reflexión final, mencionaré las lúcidas palabras que en su día pronunció Martin Niemöller y que todavía son aplicables a la época actual:

Cuando los nazis vinieron a buscar a los comunistas,
guardé silencio,
porque yo no era comunista,

Cuando encarcelaron a los socialdemócratas,
guardé silencio,
porque yo no era socialdemócrata,

Cuando vinieron a buscar a los sindicalistas,
no protesté,
porque yo no era sindicalista,

Cuando vinieron a buscar a los judíos,
no protesté,
porque yo no era judío,

Cuando vinieron a buscarme,
no había nadie más que pudiera protestar.

Martin Niemöller, (1892-1984)

7 comentarios:

  1. Generalmente cuando se pilla a gente con pornografía infantil, no tienen 2 o 3 fotos, sino DVDs, videos, fotos, discos duros, etc.

    De donde lo han conseguido, cómo han llegado a entrar en posesión de ese material?...

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  2. La única forma de combatir la presunta corrupción de los Poderes Públicos es unirnos todos los internautas en los foros exponiendo todos nuestros problemas y combatiendo las corrupciones e ilegalidades de los Poderes Públicos y recogiendo firmas para , conforme al art. 87.3 de la constitución con 500.000 firmas promover una nueva ley que no ataque al internauta como se le esta atacando. La madre de Sandra Palo a la que asesinaros vilmente unos menores, recogio 1.200.000 firmas.


    Hay que dar a conocer esta presunta corrupción a todos los españoles copiarla, y mandarla al correo del Ministerio del Interior para ver si al ministro Sr. Rubalcaba se le cae la cara de vergüenza. Ruego al que lo lea que lo copie y lo mande al correo: estafeta@mir.es

    ¿ERROR O PREVARICACÓN, POLICIAL, JUDICIAL Y DEL GOBIERNO?

    El Responsable de la mayoría de los errores judiciales es el propio Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), ya que la mayoría de las denuncias que se interponen contra los Jueces, presuntamente no las investiga o presuntamente las encubre sin tomar medidas en el asunto por lo que algunos jueces cometen presuntas improcedencias, presuntamente violando derechos fundamentales, cuando no emitiendo falsedades en su defensa, que el propio CGPJ admite como buenas a sabiendas que son falsas y desestima la denuncia. Si alguien quiere los documentos que lo acreditan puede pedirlos charterscs@yahoo.es

    Mientras existan casos como este y presuntamente el Consejo General del Poder Judicial los encubra y no sancione a los jueces y de traslado de ello al Ministerio Fiscal tal como contempla el art. 409 de la ley Orgánica del Poder Judicial, (LOPJ), para que este proceda de oficio contra el Juez presuntamente prevaricador, si se derivan infracciones penales, habrán casos como el de la niña Mari Luz.

    HE AQUÍ UNA BUENA MUESTRA DE ELLO

    El Magistrado Juez D. SANTIAGO PEDRAZ GOMEZ titular del Juzgado Central de Instrucción Nº 1 de la Audiencia Nacional se niega a instruir una querella interpuesta el 03-04-2005, contra el jefe y segundo de una organización internacional dedicada al tráfico de drogas en la que se denuncia un tráfico de drogas de 5000 kg . de hachís, y se aportan más pruebas indiciarias de las que se esgrimieron para condenarme ( que no había ninguna válida legalmente). Esta querella se interpuso el 03-05-2005 por quien fue condenado, siendo inocente, con menos pruebas incriminatorias que se han aportado contra estos traficantes. De la imputación y condena de los querellados sustanciando la querella, se demostraría mi inocencia. Al día de hoy los querellados no están imputados. Cuando estos hechos son denunciados ante el Consejo General del Poder Judicial, (CGPJ) el Juez PEDRAZ, le remite testimonio al CGPJ, en el que manifiesta:

    "...denuncia que, según se desprende del informe emitido por el Ministerio Fiscal 19-04-2005, ya ha sido formulada en otras ocasiones e instancias con idéntico contenido: actuación de los agentes policiales que intervinieron en la causa en la que fue condenado.”

    Esta manifestación es totalmente falsa, ni el jefe ni el segundo de la organización son policías y tanto el Juez como el Fiscal lo saben, ya que se trata de dos presuntos traficantes de drogas pertenecientes a una organización internacional dedicada al tráfico de drogas en grandes cantidades. ¿Porque no se les imputa máxime existiendo una acusación particular? ¿Se pretende encubrir a alguien o hay un interés “especial” para no imputarles? El CGPJ ha admitido el testimonio remitido por el Juez siendo presuntamente falso. ¿Por qué el Juez y Fiscal han emitido un informe presuntamente falso? ¿Actúa el Ministerio Fiscal con connivencia con el Juez para no procesarles por alguna razón especial o son verdaderamente los policías el jefe y segundo de la organización? ¿Porque el CGPJ admite un testimonio falso de un Juez y de un Fiscal a sabiendas de su falsedad?

    Los hechos que se denuncian, son un tráfico de 5000 kg . de drogas con la entrada ilegal en territorio español de 6 árabes, “extrañamente, indocumentados”, (que podrían ser islamistas), mediante una operación “declarada secreta “, organizada por agentes del GIFA de la Guardia Civil junto con el jefe y segundo de una organización criminal internacional dedicada al tráfico de drogas en grandes cantidades, estando el jefe de la misma, usurpando la personalidad de FERNADO REQUENA SANCHEZ, en libertad provisional por un tráfico de drogas de 1965 kg . cuyo asunto conoce la Sección 3ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y fue instruido por el Juzgado Central de Instrucción Nº 4 de la Audiencia Nacional , Procedimiento Abreviado 30/2000-D. Todos esos hechos los conoce el Gabinete de Presidencia del Gobierno, Ministerio del Interior, Sr. RUBALCABA y de JusticIa Sr. BERMEJO, Director Gral. De la Guardia Civil Sr. Mesquida, Fiscal General del Estado D. Candido Conde-Pumpido, Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional Sr. Zaragoza anteriormente Fiscal Jefe Antidrogay el subdelegado de Granada, donde estaban destinados los agentes de la Guardia Civil. Pero “EXTRAÑAMENTE” este asunto no se quiere investigar.

    Desde aquí le pido al Ministro de Justicia Sr. Bermejo que al amparo de lo predicado en el artículo 956 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECr.) que ordene al Fiscal del Tribunal Supremo que interponga el pertinente recurso de revisión, para que se demuestre mi inocencia y se castigue a los verdaderos culpables, revisando la Sentencia nº 42/2003 dictada por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. En la que se condena a MANUEL TENA GALLENCH por un delito que cometen los querellados (a quienes el Juez Pedráz no quiere imputar), con la complicidad de agentes del GIFA de la Guardia Civil.

    Espero que alguien pueda responder ante esto y por esto, por los 4 años y 6 meses que he pasado en la cárcel siendo inocente, haciéndome cumplir la totalidad de la condena preso sin concederme ni el tercer grado ni la libertad condicional como al peor de los asesinos terroristas, y todo ello por haber descubierto desde la cárcel que los que cometieron el delito por el que fui condenado eran los propios agentes de la policía judicial, del GIFA de la Guardia Civil y del Cuerpo Nacional de Policía, en colaboración de los delincuentes habituales ya mencionaos. Si alguien quiere la documental que advera esta denuncia la puede solicitar al correo: charterscs@yahoo.es y se le remitirá.

    Manuel Tena Gallench, es detenido el 02-04-2003, acusado por los hechos narrados sin ninguna prueba válida legalmente.
    1. En 14-09-2003 es juzgado y condenado violando los derechos fundamentales que amparan los arts. 18.1 y 2; 24.1y 2 de la constitución.

    2. En 10-09-2004 se declara firme la condena, y se recurre al Constitucional, quien el 27-02-2006 desestima el recurso de amparo porque no lo lee o como se trata de un delito de 5000 Kg de drogas, pasa olímpicamente.


    3. El abogado de oficio , porque sabia que no había planteado bien el Recurso de Amparo y por ello había sido desestimado, no me notificó la resolución , el mes de abril de 2006 solicité al T. constitucional, información de la situación del recurso, el cual me contesta en 16 de mayo de 2006 comunicándome que el recurso habías sido desestimado el 27-02-2006 y como no había sido recurrido había adquirido firmeza, si no reclamo yo como estaba la sustanciación del recurso – que el abogado no me había notificado – , si pasan más de seis meses sin que yo presente la demanda, el Tribunal Europeo de Derechos humanos (TEDH) no me hubiera admitido la demanda contra el Estado Español.


    4. Al día de hoy la demanda presentada por mis propios medios esta admitida y conoce la Sección Tercera del TEDH, y tardará unos dos años en resolverse.


    5. Desde que me ingresaron en prisión al día de hoy han transcurrido cinco años y faltan dos para que el TEDH se pronuncie. Desde octubre de 2006 los policías junto con los componentes de una organización que formaban la trama criminal - siete en total - ,que formaban la trama policial que cometieron el delito por el que fui condenado , están en la cárcel, pero a mi me han hecho cumplir la condena de 4 años y 6 meses de cárcel hasta el ultimo día de la condena sin darme ni el tercer grado ni la libertada condicional, peor que al peor de los terroristas asesinos por haber descubierto la trama policial que lo cometió y haberlo denunciado, diciéndome la psicóloga de la cárcel que yo no admitía el delito.


    6. El tribunal Supremo hasta que no sean condenados los corruptos policías en sentencia firme no admite mi recurso de revisión de sentencia conforme al art. 954 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


    7. Todas mis denuncias y querellas contra los corruptos policías, menos una han sido archivadas y gracias a que denuncié todo el asunto ante la Unidad e Asuntos Internos de la Policía y tuve tres reuniones con ellos en la cárcel, a los cuatro meses con las mismas pruebas que aportaba en mis querellas ante los jueces y estos archivaban , los de Asuntos Internos detuvieron a la trama policial y el Juez de Granada los metió en la cárcel acusados de varios delitos entre ellos por los hechos que fui condenado.


    8. Al día de hoy vivo con 413 € de subsidio de desempleo, estos hechos condenándome siendo inocente, han provocado el hundimiento de dos empresas con 40 operarios, una fundada el año 1973 y la otra el 1994, conseguidas con 46 años de trabajo, provocando además de los daños morales, psíquicos y sociales, un lucro cesante de más de tres millones de €uros. No recibiendo apoyo de nadie porque para todo el mundo hasta que sea declarada mi inocencia soy delincuente traficante de drogas que ha pasado 4 años u seis mese en la cárcel

    Manuel Tena Gallench

    DNI- 18865619F

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  3. Hoy en día la gran mayoría de los intercambios de pornografía infantil son no pecuniarios. Se podría decir que los p2p al igual que están arruinando (o ya arruinaron) al mercado de la música paga y al mercado de las películas pagas, también están arruinando al de la pornografía infantil paga, ya que cualquiera puede conseguirla en cualquier p2p de forma totalmente gratuita.

    Más allá de eso, es muy cierto el artículo. En mi opinión, la mera posesión de pornografía infantil NO debería ser un delito. Sin embargo, en España quieren prohibir ¡la mera visualización!. En fin, el mundo está cada vez más loco.

    Lo que sí me parece sabio distinguir es entre "abuso sexual" y relaciones consentidas con niños, porque mientras en una hay un abuso de autoridad y una violencia o coherción, en una relación consentida con un niño se da un espacio de igualdad y amor y respeto mutuo.

    Nada más, saludos.

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  4. Ja ja ja.
    Abogado del infierno, que prentendes? Copy & paste...?
    Has visto alguna vez en tu vida los ojos de esas criaturas de las cuales abusan? Nunca, así que tu jamás podrías tener moral ni siquiera para opinar una letra sobre el tema.
    Con el predón de todos ustedes cabrones, lo único que siento es asco y lástima; aunque el autor del blog pareciera estar desprendido de la vida, es un esclavo más de ella.
    Cuanta pena siento por estos asquerosos pedófilos y esos que visionan pornografía infantil, claro que no son delincuentes! Son unos hijos de puta demonios! Ustedes putos, son otra parte de la parranda de depredadores sexuales de niños, en una cabeza sana no cabría tanta oscuridad.
    Pena me dan astutots criminales, queriendo ocultar lo inocultable. y saben? Soy feliz "robándome sus correos" desvertebrandoles sus bandas; soy feliz cuando le envío a sus contactos, familiares, amigos y compañeros de trabajo o aula, filmaciones o fotoimpresiones de sus cochinos correos, más feliz, cuando les envío copia de las denuncias a las autoridades de sus paises, tiemblan y hay unos cuantos que se han suicidado; y tengan en cuenta que las autoridades no les persigan, que podridas mentes y enfermas como las que aquí me antecedieron los defiendan con tantas ansia, no serán obstáculo para seguirlos persiguiendo; son bastantes no lo niego, pero cada vez somos más quienes estamos interesados en volverlos mierda y mandarlos al infierno.
    Cuidense, lo único que les digo, siempre advierto, bajo juramento, siempre caen, así son de estúpidos, majaderos y cabezahuecas.
    Chau hijos de puta depredadores, en el camino nos vemos, es largo y culebrero y solo sobrevivirán los más fuertes.
    Conste, siempre advierto, nunca hacen caso; seguramente pasarán a engrosar las fotos de mis álbumes, ahí sus carotas, las de sus amigos y familiares, sus direcciones electrónicas, sus domicilios, todo; a ver como se ven de bonitos. Y al que quiera demandarme vayan ja ja, me los paso por el forro del pene.
    Pirobos carniceros de niños!
    Joshua
    Antipedofilia.Org
    http://porlaverdad3.blogspot.com/

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  5. A cuatro años cumplidos de esta tarea difícil de luchar contra depredadores sexuales de niños y niñas en la red, disfrazados A veces de dulces “boylover”, otras camuflados como mansos “homosexuales” que prefieren “amar” a los niños porque les resulta imposible acercarse a otros hombres con sus intenciones bajas; queda un balance que es en fin de cuentas el resultado que más valoro: Que estos asesinos de inocencias ahora saben que ya no están tan ocultos como antes, que hay personas que no permitirán que sigan abusando sexualmente de niños y niñas y divulgándolo en la red a través de foros, páginas de fotografías y videos y usando plataformas de páginas de opinión y promotores de noticias especialmente de habla hispana, para atraer adeptos, de esos sitios involucrados voy a resaltar tres, que son, los más asquerosos tableros donde se cualgan pasquines macabros que solo quieren demostrar su desprecio por los niños y niñas de todas partes del mundo:
    www.boylover.net
    www.imgsrc.ru
    www.meneame.net
    Y en letras rojas como roja la sangre de los niños a los cuales hipócritamente dicen defender, pero que no han demostrado otra cosa que usarlos para sus fines obtusos y malevos:
    satisfacción sexual y ventas, depravación y dinero, abusos sexuales y fama…

    A Duncan, porque su imagen dolorosa, ensangrentada, rogando, implorando justicia y ayuda, fue la que me inspiró para obligar a estos depredadores sexuales llamados boylover a respetarlo. De sus foros, algunos ya desaparecidos por nuestras acciones, borraron todo vestigio de sus fotografías de esclavo: maltratado, cicatrizado, atado a una vida que no pidió vivir, pero que lo llevó a morir interiormente. Nos vendieron la idea de su muerte, los fines? Vender y atraer clientela, de eso se encargó la mafia Rusa, que en este caso lidera Skinny Bravo, denunciado y perseguido hasta el cansancio, pero que se ampara en las leyes de una caja de pandora como es Rusia. Tiempo después e implorando que les dejaramos en paz, buscan de nuevo estos ángeles caídos, vuelven y los torturan y los obligan a demostrar que están con vida; desgraciadamente, siguen siendo sus esclavos…

    Más vale una bandera limpia solitaria en una cumbre que cien banderas tendidas en el lodo…

    A Duncan, que hasta que logre liberarlo de sus cadenas no dejaré en paz a los rusos, especialmente a la podrida página imgsrc.ru, que es quien les tiene apresados bajo amenazas.
    Estos videos, montados en la red, en Enero de 2007, cuando no sabía usar las herramientas que la red me brindaría para desarticular cientos de redes de pornografía infantil, desenmascarar casi mil pederastas, pedófilos y pornógrafos infantiles, que hoy día saben, que no me rendiré en su búsqueda y combate. En estos videos reflejaba el mensaje para pedófilos y pederastas del foro, allí les mostré algunos de sus trofeos, desenmascaré sus tácticas y les envié un mensaje que entendieron, “un enemigo, el mejor que nadie pueda tener, estaría a su sombra hasta la muerte misma”.
    A las autoridades les he dado miles de datos, ellos sabrán que hacen con la información, mientras tanto, personas desinteresadas y desprendidas de cualquier fin comercial o publicitario seguiremos, mientras tanto luchando contra estas lacras de la humanidad que devoran la inocencia de los más indefensos.
    Blogspot, gracias por su protección y ayuda. Si un día no va más su espacio para nuestro trabajo, solo tengo para decir, GRACIAS. En un principio estos sitios fieron creados para demostrarle a los depredadores sexuales de niños que no eran invulnerables, hoy día, me basta que entre un solo padre de familia, un solo niño, una sola persona, para que sepan de que están hechas algunas almas oscuras, llámense boylover, girllover, childlover o meneantes…
    Gracias a todos los que luchan por sus criaturas.
    Joshua
    Es tiempo…
    Its time to say goodbye

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  6. Entre otras cosas, hay un GRAN fallo en tu artículo.

    Según tú, el consumo o visionado de pornografía infantil no afecta a los niños, y por ello es un delito imaginario. Y eso, no es verdad. Si hay una 'demanda' de ese material, ya sea pagando o NO, influye en que se siga produciendo. Da igual que no se pague, los pedófilos y pederastas les conviene porque cuanto más haya, más material nuevo pueden conocer ellos, y además de esto, ellos suben las imágenes/vídeos para que lo vea mucha gente (habrá algunos que sólo lo harán para conseguir más, pero otros quieren dar a conocer su perversión).

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  7. Humhuhu:

    Pones en boca del autor del artículo algo que no dice. Creo que esto ocurre porque confundes los conceptos de "influencia" y "causalidad". Lo que dice el artículo es que el consumo no pagado de ese porno, no es la causa del daño o del delito (la influencia es algo aparte, como explico más abajo). Copio del artículo:

    Pero en el caso del que hablamos, el de la pornografía infantil no pagada, ¿se hace algún tipo de daño debido a la mera contemplación de tales imágenes? La respuesta es un rotundo no, pues no hay una conexión causal entre la contemplación de tales imágenes y el daño a ningún niño (...).

    (Lo he copiado del párrafo que comienza por "Naturalmente")

    Para ilustrar la diferencia entre la causalidad y las influencias, pondré unos ejemplos:

    1) Existen los robos y asesinatos; algunos de ellos producidos por la influencia del alcohol. Pero condenar a los vendedores de alcohol (o a los consumidores de alcohol que no roben ni cometan delitos) sería algo ilógico. Es cierto que quienes venden alcohol tienen alguna influencia en que haya delitos bajo los efectos del alcohol, pero el responsable de esos delitos es el criminal que los comete, no quienes de alguna manera hayan influido en él.

    2) Por el mismo motivo, si ese criminal mencionado en (1) ha sido influido por películas violentas o por videojuegos violentos (en lugar del alcohol), sigue siendo ilógico condenar a quienes hayan realizado y vendido tales películas y videojuegos, puesto que aunque las películas violentas tienen una innegable influencia, no son la causa del crimen, por lo que el crimen debe imputarse directamente a la responsabilidad del propio criminal que lo comete.

    Influencias en el fondo siempre hay, en todos los temas, pues el mundo es una especie de gran red donde las numerosas causas y efectos están interconectados entre sí. Pero en derecho, lo lógico es condenar al criminal que es la causa de un delito, y no las diversas y numerosas influencias que cada delito tiene.

    Si un asesino mata "porque me han mirado, y cuando alguien me mira me pongo nervioso y mato a alguna persona ese día", esa mirada recibida por el asesino sería una influencia, pero no la causa del asesinato. El responsable lógico del crimen debe ser el propio criminal, el asesino, no quienes le hayan mirado, aunque hayan influido en él.

    Si un imbécil es productor de pornografía infantil y le gusta que otros vean sus fotos, motivo por el cual produce más pornografía (suponiendo que haya casos así, que supongo que alguno habrá), el crimen lo comete él mismo, y no las personas que simplemente hayan mirado sus fotos (lo cual sería una influencia, no la causa del crimen).

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